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Ayudas y prestaciones

Existen tres niveles de protección para los desempleados: prestaciones contributivas, subsidios y ayudas extraordinarias. Tienen por objeto la protección de quienes, a pesar de querer y poder trabajar, pierden su empleo o ven reducida su jornada ordinaria de trabajo. 

Su finalidad es proporcionar prestaciones sustitutivas de las rentas salariales dejadas de percibir. El desempleo podrá ser total o parcial:
  • El desempleo será total cuando el trabajador cese, con carácter temporal o definitivo, en la actividad que venía desarrollando y sea privado, consiguientemente, de su salario.
  • El desempleo será parcial cuando el trabajador ve reducida temporalmente su jornada ordinaria de trabajo, en al menos una tercera parte, siempre que el salario sea objeto de la misma reducción.
Las prestaciones y subsidios por desempleo son gestionadas por el Servicio Público de Empleo Estatal, y la información y tramitación se puede realizar:
  • De forma presencial: en las oficinas del Servicio Público de Empleo Estatal.
  • De forma telemática: en la página web del SEPE.
 Las ayudas que ofrecen los servicios públicos de empleo son:
  • Prestación contributiva por desempleo es aquella que se genera por el tiempo en el que hemos estado contratados por cuenta ajena. En general, tenemos derecho a ella si hemos cotizado un mínimo de 360 días en los últimos seis años.
  • Subsidio por desempleo es una ayuda asistencial que ofrecen los servicios públicos de empleo a aquellas personas que no cumplen los requisitos para optar a una prestación o la han terminado. 
Los requisitos comunes a todos los subsidios son:
  • No tener derecho a la prestación contributiva  por desempleo.
  • Estar inscrito como demandante de empleo,  mantener dicha inscripción durante todo el período de percepción y suscribir el compromiso de actividad.
  • Carecer de rentas superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional.Durante toda la percepción del subsidio debe mantener todos los requisitos.
Existen distintas clases de subsidios, en función de las circunstancias personales (cotizaciones, edad, responsabilidades familiares, etc): 

Si sigues en paro y no tienes derecho a la prestación contributiva ni al subsidio por desempleo, puedes optar a las siguientes ayudas:
  • Renta Activa de Inserción (RAI). 
  • Programa PREPARA
  • Rentas sociales en tu Comunidad Autónoma de residencia: si ya has cubierto todos los caminos que te hemos marcado a través de tu oficina de empleo y sigues sin obtener un puesto de trabajo, debes contemplar la posibilidad de acudir a los Servicios Sociales de tu ayuntamiento desde donde te podrán guiar en las posibilidades que estén a tu alcance en función de tus circunstancias. Puedes obtener más información sobre esta ayuda a través del 012, en los servicios sociales de tu Ayuntamiento o en el siguiente enlace del portal pedirayudas.com
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